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viernes, 23 de abril de 2010

Real decreto

Corrección de errores del Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Advertidos errores en el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 44, de 19 de febrero de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 16040, en la disposición adicional cuarta, apartado 1, 7ª línea, donde dice: "durante el curso académico establecido en la disposición final segunda del presente real decreto", debe decir: "durante el curso académico establecido en la disposición final tercera del presente real decreto.".

En la página 16040, en la disposición adicional cuarta, apartado 2, 7ª línea, donde dice: "puedan completarla hasta su tercer nivel, durante los dos cursos académicos siguientes al de implantación.", debe decir: "puedan completarla hasta su segundo nivel, durante los dos cursos académicos siguientes al de implantación.".

En la página 16143, en el apartado de Composición y perfil del tribunal evaluador y funciones que desempeña, donde dice: "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Técnico Deportivo en Espeleología".

En la página 16146, en el apartado g), donde dice: "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Técnico Deportivo en Espeleología".

En la página 16147, en el apartado de Composición y perfil del tribunal evaluador y funciones que desempeña, donde dice: "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Técnico Deportivo en Espeleología".

En la página 16149, en el anexo XIA: Requisitos de titulación del profesorado de los módulos del bloque específico de los ciclos inicial y final en centros públicos de la Administración educativa, en la columna de especialidad, donde dice: "Educación física con el título de Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Educación física con el título de Técnico Deportivo en Espeleología".

En la página 16151, en el anexo XII: Requisitos de titulación del profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa, en la columna de titulaciones, donde dice: "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Técnico Deportivo en Espeleología".

En la página 16154, en el anexo XIII C, en el título, donde dice: "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología", debe decir: "Técnico Deportivo en Espeleología".

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