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martes, 2 de marzo de 2010

cueva de Praileaitz

Propuesta de modificación del decreto que regula la protección de la cueva de Praileaitz (Deba).

Amigos de Praileaitz


Algunos cambios, alguna ampliación y alguna cuestión sorprendente. Como ya adelantó GARA, los quince metros más añadidos al perímetro de protección de la cueva conocida como Praileaitz I (queda en 65 m., una cifra muy alejada de los 100 que proponía la Diputación de Gipuzkoa y de los 500 que propugnaba el prehistoriador francés Jean Clottes) y el hecho que se deje la ladera en la que se encuentra el yacimiento prehistórico bajo la competencia de la Ley de Costas son, básicamente, los elementos más destacados de la propuesta que ha preparado el Departamento de Cultura para un asunto tan delicado como la protección del "santuario" rupestre guipuzcoano.

El texto, que ha iniciado el camino para ser tratado en el Parlamento de Lakua, introduce algunos otros cambios, como una nueva división de las zonas del área donde se encuentra Praileaitz -pasan a ser siete, en lugar de las cinco del Decreto de julio de 2007- y la prohibición de que se realice actividad extractiva alguna en Praileaitz VI, una cavidad sobre la que se plantea que sea estudiada por especialistas para ver si tiene interés arqueológico o si hay "una hipotética conexión física" con Praileaitz I.

La ubicación del yacimiento de Praileaitz, uno de los conjuntos pictóricos prehistóricos más importantes de Euskal Herria, dentro del ámbito de explotación de la cantera de Sasiola continúa siendo un tema espinoso por sus implicaciones económicas y políticas. De hecho, el 14 de diciembre de 2007 el Parlamento de Gasteiz aprobó una proposición no de ley en la que Ezker Abertzalea, Mixto-Aralar y Socialistas Vascos pedían al Gobierno anterior la paralización cautelar de las actividades de la cantera y la ampliación de la zona de protección de la cueva. Una sesión plenaria a la que hace referencia el texto redactado por el actual Departamento de Cultura para enfatizar que el objeto de su propuesta nace de la percepción de que existe una necesidad de que se modifique la actual protección de este Bien Cultural, con categoría de Monumento. Aunque, curiosamente, la propuesta actual de Cultura no hace referencia alguna a la postura que el PSOE mantenía en 2007, cuando el mismo Antonio Rivera, de hecho, realizó una encendida defensa en el Parlamento pidiendo "tiempo, protección y visión" para evitar que la actividad de la cantera, así como las vibraciones y filtraciones causadas por las explosiones, dañen "este singular interés patrimonial".

Ahora no se habla de paralización, sino de la necesidad de "modificación y ampliación" del decreto vigente por una serie de cuestiones, como que se da un "ambiente social favorable" a ello y por la existencia de diversos informes de la Diputación de Gipuzkoa. Entre esos estudios se apunta a los obtenidos con la monitorización de las vibraciones a las que se encuentra sometida la sala donde están las pinturas. Unas vibraciones que deben ser siempre inferiores al límite de 4 mm./segundo, extremo que dicen se ha comprobado en la mayoría de los casos, aunque apuntan también que una voladura efectuada a una distancia superior a 150 m. de la sala sí superó ese baremo. "Lo que pone de manifiesto que la tabla de cargas máximas y distancias para las voladuras no garantiza en el cien por cien de los casos que las voladuras provoquen vibraciones por debajo del umbral establecido en el Decreto 120/2007, por lo que parece necesario valorar la conveniencia de modificar el Régimen de Protección".

Dudas y cambios

Las variaciones se plasman, por ejemplo, en los cambios efectuados a la zonificación actual del yacimiento, que pasan a ser siete zonas. Varían, por ejemplo la que ahora se denomina Área de Protección Secundaria 1 -en la que "se admite la actividad extractiva", pero "ésta queda sujeta a limitaciones en cuanto a la metodología de extracción"-, pero, sobre todo, lo relativo a la ladera donde se encuentra la cueva. En este sentido, se fija que la ladera y su entorno se encuentran incluidos "en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre de la ría de Deba, para la que la Ley de Costas ya establece una serie de limitaciones, entre las que se incluyen la prohibición de la destrucción de los yacimientos de áridos".



Sin embargo, el propio texto lanza dudas sobre la protección efectiva de esta ley, porque plantea que si la autoridad competente autorizase "usos de extracción de áridos en dicha zona de servidumbre de protección que se consideran incompatibles con la conservación del bien, este Régimen de Protección deberá ser modificado para asegurar la protección de la ladera incluida en esta área 4 en una extensión suficiente para contextualizar adecuadamente la visión del bien y su entorno".

Según la nueva zonificación planteada por Cultura, que lo que se haría principalmente es reestructurar la ya existente, la zona A correspondería a la cueva de Praileaitz y para ella cabría la máxima restricción; le rodearía el área 2 (65 metros desde las paredes exteriores "del desarrollo conocido -hace hincapié el texto- en la actualidad de la cueva"); luego una tercera, donde seguirían estando prohibidas las actividades extractivas; la cuarta abarcaría la ladera,mientras que, a partir de ahí, se podrían realizar actividades extractivas, algunas bajo determinadas condiciones de control.

El del área 5, se hace referencia a una "trinchera de separación" . Esta trinchera, sería una zona de protección de las explosiones que evitase "vibraciones que puedan dañar" la zona en la que fueron halladas las pinturas prehistóricas. El área 7, por su parte, comprendería un área de 7 metros desde Praileaitz VI, una cavidad que se protege en su totalidad para estudios posteriores.

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